“Un abogado honesto, trabajador, siempre responde a las preguntas que van surgiendo durante el proceso. He quedado muy satisfecha con su trabajo.”
Acoso Laboral en Guadalajara — Asesoría Legal y Defensa ante Mobbing
Te asesoramos ante acoso laboral, malos tratos, amenazas o presión para renunciar.
Si estás viviendo acoso laboral, presión para renunciar, amenazas, humillaciones, cambios injustificados de horario, reducción de salario o condiciones abusivas, no tienes por qué aguantarlo. Te ayudamos a documentar tu caso y a definir una estrategia legal para defender tus derechos en Guadalajara.
El acoso laboral (mobbing) puede ser la base para una rescisión con responsabilidad para el patrón. Reunir las pruebas correctas desde ahora es clave.
Este servicio incluye:
- Análisis confidencial de tu caso y de la gravedad del acoso laboral.
- Orientación para reunir y resguardar tus pruebas: mensajes, correos y testigos.
- Estrategia para buscar la rescisión de la relación de trabajo con responsabilidad del patrón, conforme al artículo 51 de la LFT.
- Cálculo preliminar de la indemnización y prestaciones que podrían corresponderte.
- Representación ante el Centro de Conciliación Laboral y, de ser necesario, ante el Tribunal Laboral.
Preguntas frecuentes
¿Qué se considera acoso laboral según la ley en México?
El acoso laboral (mobbing) son conductas repetidas de hostigamiento, humillación, aislamiento, amenazas o presión para que renuncies, que dañan tu dignidad o tu permanencia en el empleo. La Ley Federal del Trabajo considera causa para que rescindas tu relación con responsabilidad del patrón los malos tratos, amenazas, hostigamiento o injurias del patrón, sus familiares o representantes en tu contra (artículo 51). Lo clave es que sea un patrón sostenido en el tiempo, no un roce aislado, así que conviene ir registrando fechas, mensajes y testigos desde que empieza.
¿A cuánto tengo derecho si dejo mi trabajo por acoso laboral?
Si demuestras que el acoso te orilló a rescindir la relación con responsabilidad del patrón, la ley te reconoce prestaciones similares a las de un despido injustificado: la indemnización de 3 meses de salario, la prima de antigüedad de 12 días de salario por año (con salario topado a 2 veces el mínimo), las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, y los salarios vencidos que procedan; si tu contrato es por tiempo indeterminado, también los 20 días de salario por año de servicios. El monto exacto depende de tu salario, tu antigüedad y las pruebas del caso, por lo que no puede garantizarse una cifra sin revisar tu situación. En una consulta podemos estimar de forma realista qué te correspondería.
¿Cuánto tiempo tengo para denunciar el acoso laboral o demandar?
Los plazos son cortos: como regla general, la Ley Federal del Trabajo te da 30 días para separarte del empleo con responsabilidad del patrón desde que ocurre la causa (artículo 52), y cuando el hostigamiento es continuo ese plazo suele contarse a partir del último acto. Como cada supuesto tiene su propio término y el conteo puede variar según tu caso, lo más seguro es que un abogado revise tus fechas antes de que venzan tus derechos. En Guadalajara, el reclamo suele iniciar con una etapa de conciliación ante el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Jalisco, aunque hay excepciones, por ejemplo cuando existe acoso sexual o discriminación. Si crees estar cerca de un plazo, acércate cuanto antes para no perder la oportunidad de reclamar.
¿Qué pruebas o documentos necesito para demostrar acoso laboral?
Sirve todo lo que muestre el patrón de hostigamiento y tu relación de trabajo: mensajes de WhatsApp, correos, capturas, audios o videos, memorandos, cambios injustificados de horario o salario por escrito, incapacidades o constancias médicas y los datos de compañeros que puedan declarar como testigos. También ten a la mano tu contrato, recibos de nómina y comprobantes de tu antigüedad y salario, porque con ellos se calculan las prestaciones que te tocan. En una primera consulta podemos revisar lo que tengas, decirte qué pruebas faltan y cómo documentarlas correctamente para proteger tu caso en Jalisco.
¿Puedo denunciar el acoso laboral sin renunciar a mi trabajo?
Sí, no necesitas renunciar para actuar. Puedes presentar una queja ante la autoridad laboral por incumplimiento de la NOM-035-STPS, que obliga a tu empleador a prevenir y atender la violencia laboral, mientras sigues activo en tu empleo. Eso sí, la queja por sí sola no garantiza que la situación se corrija de inmediato, así que conviene documentar todo desde ahora y valorar con un abogado qué ruta te conviene más: la queja, la rescisión con responsabilidad del patrón o ambas.
¿La empresa tiene obligaciones legales para prevenir el acoso laboral?
Sí. La NOM-035-STPS obliga a los centros de trabajo en México a identificar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, incluida la violencia laboral, y a contar con mecanismos para atender quejas; las obligaciones concretas aumentan según el tamaño de la empresa. Si tu empleador incumple, puede ser sancionado tras una inspección de la autoridad laboral. Y aunque tu empresa no tenga estos mecanismos, tus derechos frente al acoso siguen intactos y puedes reclamarlos.
¿Listo para defender tus derechos?
Ya seas un trabajador que busca justicia o una empresa que necesita asesoría, nuestro equipo está listo para ayudarte.
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